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Cómputo y cronología

¿Qué plazo tengo para actuar frente a la derivación?

Depende del acto recibido. Lo urgente es identificar la fase, conservar la prueba de notificación y no confundir recurso, pago y prescripción.

NotificaciónAudienciaRecursoPago

En estos asuntos existen varios relojes: audiencia, recurso, pago voluntario, suspensión, apremio, embargo y prescripción. La fecha de una deuda antigua no permite concluir que haya prescrito; tampoco una notificación reciente significa que todos los plazos estén abiertos.

Para revisar la antigüedad de las deudas, rellena la ficha de fechas y justificantes. La ficha ordena la información, pero no calcula el vencimiento del recurso ni decide si la deuda está prescrita.

El primer dato: la notificación válida

Debe conservarse la puesta a disposición electrónica, el acceso, el rechazo, la recepción postal y cualquier incidencia. El cómputo depende del acto y de la norma. Cuando la fecha es discutida, no conviene esperar a resolver esa controversia para actuar: se presenta dentro del plazo más prudente y se formula la objeción.

Plazos que suelen coexistir

ActuaciónQué activa el plazoRiesgo
AlegacionesSe activa al notificarse la apertura del trámite, conforme a su régimen de cómputo.Pedir el expediente no suspende por sí solo el plazo para alegar. Comprueba el último día antes de organizar la documentación.
Recurso o reclamaciónLa notificación del acto recurrible determina, como regla, el inicio del plazo de impugnación.No confundas el plazo por meses con treinta días ni presentes simultáneamente reposición y reclamación económico-administrativa contra el mismo acto.
Pago voluntarioEl plazo de ingreso se fija según el acto y la normativa recaudatoria aplicable.Recurrir no equivale necesariamente a suspender el pago; revisa las consecuencias de entrar en periodo ejecutivo.
SuspensiónLa solicitud y la garantía deben presentarse y mantenerse conforme al régimen de suspensión elegido.No des por paralizado el cobro sin comprobar los requisitos y efectos de la petición y de su resolución.
Apremio y embargoLa providencia o diligencia notificada abre su propio plazo y tiene motivos de oposición específicos.Dejarla sin respuesta puede permitir que continúe el cobro aunque mantengas un recurso distinto contra la derivación.
ContenciosoLa notificación de una resolución que agota la vía administrativa puede abrir el plazo judicial, conforme al acto y régimen aplicables.Comprueba el órgano competente y el plazo; una consulta o negociación informal no preserva por sí sola el acceso al recurso judicial.
Referencias tributarias habituales, que siempre deben contrastarse con el pie de recursos: audiencia, quince días; procedimiento de derivación, seis meses; reposición o reclamación económico-administrativa, un mes; pago voluntario, según el calendario del artículo 62.2 LGT; contencioso-administrativo, generalmente dos meses. El recurso no suspende automáticamente.

Prescripción no es lo mismo que plazo de recurso

El plazo de recurso determina cuándo debe impugnarse un acto. La prescripción limita temporalmente la potestad de declarar o exigir responsabilidad. Un acto no recurrido puede quedar firme aunque existieran argumentos de prescripción; y una reclamación presentada en plazo puede ser desestimada si el cómputo de prescripción no está probado.

Cómo construir la cronología

  • Fecha de devengo y liquidación de cada deuda.
  • Fin del periodo voluntario del deudor principal.
  • Actuaciones recaudatorias notificadas y bienes investigados.
  • Concurso, informes de insolvencia y declaración de fallido.
  • Actuaciones dirigidas al responsable y a otros obligados.
  • Anulaciones, retroacciones, recursos y suspensiones.
  • Notificación del inicio y del acuerdo de responsabilidad.

Notificaciones electrónicas

Cuando el canal electrónico era obligatorio o fue elegido, el transcurso de diez días naturales desde la puesta a disposición sin acceder puede producir rechazo de la notificación. Deben verificarse obligación, aviso, dirección habilitada e incidencias; el correo de aviso no sustituye al justificante técnico de puesta a disposición y acceso.

Regla de seguridad práctica

No esperes a resolver una duda de cómputo para presentar. Cuando existe margen de incertidumbre, se actúa conforme a la fecha más temprana razonable, se deja constancia del criterio alternativo y se aporta después la prueba necesaria.
Pregunta relacionada

Prescripción

Dies a quo, interrupción, concurso y fallido.

Qué fechas importan para la prescripción →
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Procedimiento

Dónde aparece cada plazo en la secuencia.

Fases del procedimiento de derivación →
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Trámite de audiencia

Qué priorizar antes del acuerdo.

Cómo preparar las alegaciones de audiencia →

Conserva el justificante de notificación.

El correo de aviso no siempre es la notificación del acto. Indica la fecha de acceso y el documento recibido para identificar la actuación cuyo plazo debe comprobarse.

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